a los peruanos residentes en el exterior.
Por primera vez en la historia democrática del Perú, no se cobrará la multa a los peruanos residentes en el exterior por no votar en las Elecciones Generales 2011.
Sin embargo, este beneficio no está considerado para los miembros de mesa, quienes sí están obligados a cumplir con este deber.
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 28859, promulgada por el Congreso de La República del Perú, los peruanos residentes en el exterior no serán sancionados con multa en caso de no concurrir a votar "Para los peruanos en el exterior no se les sancionará con multa a la omisión de sufragio".
Una Resolución emitida por el Jurado Nacional De Elecciones del Perú, el pasado 18 de enero de 2011, confirmó este mandato, expresando, eso sí, que los miembros de mesa, sí están obligados a concurrir y no están exonerados de su obligación, así como tampoco los ciudadanos que sin ser miembros de mesa acudan a votar y a falta del titular se les solicite ser parte de la mesa. En ambos casos el desacato será multado con el equivalente a 64 dólares americanos.
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